viernes, 5 de enero de 2018

SOBRE LA LEY DE DEPENDENCIA


Resultado de imagen de ancianos dependientes

 Me he tomado el trabajo de leer en todos sus supuestos y clausulado la oportuna y legítima Ley de dependencia: Su espíritu y su letra son congruentes con la precaria realidad de los ancianos.

 ¡Pero…! (siempre salen a relucir los peros en las  obras de cualquier promoción ciudadana que implantan nuestra clase  política y  adláteres) en contra de tal  espíritu y letra de dicha ley; se antepone a las perentorias necesidades de todo orden de los dependientes en los últimos tramos de sus vidas, intereses mercantiles muy discutibles. Por otro lado,      la   y dotación de horas está sometida a una mecánica irracional amén de sumamente  limitado e insuficiente  por mucho que las asistencias hagan su trabajo con eficiencia  en muchos casos.

 La ley establece unos servicios en aras de un cuido digno de la persona dependiente  pero no dota para el  el tiempo  mínimamente necesario  para llevarlo a cabo con digna eficacia;  (he aquí un nuevo engaño al sector más inerme). ¿Que puede hacer una asistenta en una hora ante las necesidades vitales de la persona dependiente? En la irracionalidad de este proceder es de colegir que pudiera haber presuntamente truco inconfesable.