Me he tomado el trabajo de leer en todos sus
supuestos y clausulado la oportuna y legítima Ley de dependencia: Su espíritu y
su letra son congruentes con la precaria realidad de los ancianos.
¡Pero…!
(siempre salen a relucir los peros en las
obras de cualquier promoción ciudadana que implantan nuestra clase política y adláteres) en contra de tal espíritu y letra de dicha ley; se antepone a
las perentorias necesidades de todo orden de los dependientes en los últimos
tramos de sus vidas, intereses mercantiles muy discutibles. Por otro lado, la y
dotación de horas está sometida a una mecánica irracional amén de sumamente limitado e insuficiente por mucho que las asistencias hagan su trabajo
con eficiencia en muchos casos.
La ley
establece unos servicios en aras de un cuido digno de la persona dependiente pero no dota para el el tiempo mínimamente necesario para llevarlo a
cabo con digna eficacia; (he aquí un
nuevo engaño al sector más inerme). ¿Que puede hacer una asistenta en una hora
ante las necesidades vitales de la persona dependiente? En la irracionalidad de
este proceder es de colegir que pudiera haber presuntamente truco inconfesable.